¿Qué nos traerá el nuevo año? Nadie tiene un poder de pronosticación. A pesar de que muchos de nosotros nos creemos invencibles, la certeza de la vida es que todos, ricos o pobres, jóvenes o ancianos, solteros o casados, nos vamos a ir de este mundo algún día. Y como no sabemos la fecha ni el tiempo exacto, debemos de ser responsables y realistas y planear por adelantado para ese día, especialmente cuando tenemos seres queridos. Este planeamiento avanzado se llama una planificación de bienes o patrimonio.
Muchas veces, entres nosotros hay la tendencia de evitar los pensamientos sobre el fin de vida. En vez de pensar en eso, hacemos como si lo que va pasar, va pasar y que una vez muerto, el problema ya no es del muerto sino de los vivos.
También, dicen que nadie se muere antes del día y no hay que preocuparse con esas cosas. En otros casos, hay veces que las buenas intenciones no se realizan y aquí cabe el dicho Americano, ‘el camino al infierno esta pavimentado con buenas intenciones.'
Si esta leyendo este articulo, ha comenzado a pensar diferente. El plan patrimonial o sea dicho su plan de herencia es un tema que no lo debe de ignorar. ¿A la hora de su muerte, qué pasara a su familia? ¿Quiénes son sus beneficiarios, o mejor dicho, esos individuos o entidades a los que va nombrar a fin de que reciban ciertos bienes en propiedad cuando usted muere? ¿Cómo será la distribución de sus bienes? ¿Cómo manejaran sus asuntos y si tienes hijos menores, quien será el guardián de ellos? ¿Cómo se transferirán los activos comerciales por generaciones cuando hay un negocio familiar? ¿Hay un contrato de compra-venta en su negocio familiar? ¿De que manera se podrán reducir los pagos de impuestos en la transferencia de sus bienes?
Este artículo no substituye el consejo legal pero trata de dar una pequeña información para que comencemos ha pensar en las respuestas a estas cuestiones importantes sobre su transferencia de bienes y la administración de sus asuntos antes de realmente lo necesite. Lamentablemente, hay estadísticas que indican que casi 60 por ciento de los residentes de los Estados Unidos carecen de un plan de herencia, incluyendo lo más básico, que es un último testamento. El testamento que prepara uno es una declaración legal de sus deseos con respecto a la disposición de su herencia.
Si uno muere antes de tener un plan de herencia, por ejemplo, sin testamento, el estado de Nevada, por medio de sus leyes, ha preparado una planificación patrimonial para cada uno de nosotros. Usando una formula estatutoria, la ley dicta quienes serán heredares de sus bienes.
El problema en esto es que lo que dicta la ley no necesariamente significa los deseos de uno. No tiene que ser así si su usted, por adelantado, decide ponerse en control de sus asuntos usando los instrumentos legales de planificación patrimonial para cambiar el plan del estado de Nevada.
El testamento no es la única opción para traspasar propiedad a la hora de su muerte. Y en algunas circunstancias, no debe de ser el plan principal. Por ejemplo, un testamento no elimina la necesidad de la intervención del sistema jurídico vigente en la adjudicación de sus bienes después de su muerte (“probate”). Según las leyes de Nevada uno puede establecer un fideicomiso en vida revocable, que es un instrumento jurídico en que la persona transfiere la propiedad de sus bienes a otra entidad, conocida como el fideicomiso.
El fideicomiso viene siendo un convenio o acuerdo reconocido por ley estatal. En este acuerdo se le dice al fiduciario (“trustee”) que maneje y distribuya las propiedades del fideicomiso. Se denomina “en vida” “(“Living”) porque la persona que lo establece aun vive y esa persona creo el fideicomiso y se llama otorgante del fideicomiso (“Grantor”). La persona que gestiona y después administra el fideicomiso es el fiduciario y la persona en cuyo beneficio se gestiona al fondo es el beneficiario (“beneficiary”). Una misma persona puede funcionar como el otorgante, el fiduciario, y el beneficiario. La ventaja del fideicomiso es que cuando uno muere, en la gran mayoría de los casos, no se tiene que someter al fideicomiso o los bienes del mismo a ningún proceso administrativo judicial. Como no se abre proceso judicial, se eliminan los costos de corte, honorarios de abogado, y el retraso.
Además, lo bonito del fideicomiso en vida revocable es que establece las bases de cómo se administraran los bienes del donante para su uso mientras viva y también estipula su traspaso de los bienes al morir. En ciertos casos, un tipo de fideicomiso es el fideicomiso matrimonial para beneficio del cónyuge sobreviviente. En otros casos, dependiendo en la planificación, usando el fideicomiso uno puede proteger los bienes de los seres queridos, especialmente los hijos o nietos menores de edad, y también reducir o eliminar impuestos sobre este patrimonio.
Un plan de herencia tiene que ser muy completo para determinar no solamente lo que pasara a nuestra muerte pero lo que pasara antes de ese ultimo día. Por ejemplo, algo que en muchas circunstancias tiene hasta más validez que un último deseo o testamento son las directivas legales escritas que dirigen a nuestros agentes en esos instantes cuando estamos incapacitados y no podemos tomar decisiones por nosotros mismos. Esto incluye no solamente casos de atención médica pero también en caso de incapacitada de administrar sus bienes, por ejemplo su propia vivienda.
En tales casos, es necesario examinar las ventajas de tener un poder legal para que nuestros agentes tomen esas decisiones sobre la administración de los bienes materiales y de los fines de atención medica. Por ejemplo, un poder legal duradero le otorga a una persona, o personas, la autoridad de administrar las finanzas y otros asuntos legales si la persona que necesita el cuidado no es capaz de administrarlos. La persona nombrada en el poder con autoridad, como agente del principal, tiene el poder legal de usar el dinero del principal para proporcionar cuidados, administrar sus inversiones y generalmente manejar los asuntos importantes del principal.
De la misma manera, en el caso del poder legal sobre la atención medica, el agente del principal tiene un poder legal para el cuidado de la salud del principal. La persona designada en ese documento tiene el derecho bajo ley estatal de tomar decisiones con respeto al cuidado de la salud si la persona (el principal) no puede tomarlas por cuenta propia. Esto incluye autoridad, por ejemplo, para tomar decisiones sobre cirugía; empleo o rechazo de proveedores o instituciones de atención medica; derecho de acceso al expediente medico del principal; y el derecho de retirar o interrumpir los procedimientos de prolongación de la vida.
Aunque estos poderes pueden ser de largo plazo o corto plazo, la mayoría de abogados recomiendan la protección bajo la ley estatal de Nevada sobre los poderes de duración indeterminada. Los poderes duraderos de duración indeterminada pueden ser enmendados o revocados en cualquier momento por el principal. Conclusión
En fin, uno debe de pensar a menudo en platicar entre familia sobre los asuntos de herencia, la incapacidad, la mortalidad y la vejez. Estos son las realidades de la vida. Idealmente, la discusión sobre estos temas se debe iniciar mas temprano que tarde y cuando los padres y los hijos adultos disfrutan de buena salud y están sin preocupaciones. Las familias dispuestas a discutir estos asuntos estarán mejores preparadas para sus futuros. A ese punto, las personas deben después asesorases de los consejos legales y financieros para establecer su planificación patrimonial.